Lamentablemente, aún en la
informática y la red, no estamos exentos de ser victimas de la delincuencia, a
través de delitos tales como: clonación de tarjetas inteligentes o de
tele-cajeros, robo o destrucción de bases de datos, violación a la propiedad
intelectual, la extorsión, entre otros.
En nuestro país la tendencia es a un
aumento de este tipo de delitos. Ésto es debido a la incorporación
de nuevas tecnologías en el funcionamiento de las empresas, además del uso cada
vez más común que hacen los ciudadanos de los servicios de Internet, tales
como: compras online, transacciones bancarias, entre otras, que han propiciado
el aumento de estos delitos.
En vista a estos problemas, y con
la iniciativa pública y privada, en Venezuela surgió una ley especial para la
penalización de estos hechos delictivos. Dicha ley es conocida como “Ley
Especial Contra los Delitos Informáticos” publicada en Gaceta Oficial nº
37.313, el 30 de octubre del 2001. Se pretende así, hacer frente a esta
problemática de la delincuencia informática que ha surgido, con gran crecimiento,
en nuestro país vinculando, por parte del Estado, las tecnologías de la
información al ordenamiento jurídico, proveyendo de la ordenanza jurídica
necesaria para la sanción y control de la misma.
En esta ley podemos encontrar distintos artículos de mucha importancia como para tener conocimiento de ello. Como lo son:
Artículo 2º Definiciones. A los efectos de la
presente ley, se entiende por:
a. Tecnología de Información
b. Sistema
c. Data (datos)
d. Información
e. Documento
f. Computador
g. Hardware
h. Firmware
i. Software
j. Programa
k. Procesamiento de data o de información
l. Seguridad
m. Virus
n. Tarjeta inteligente
o. Contraseña (password)
p. Mensaje de datos
Artículo 6º Acceso indebido. El que sin la
debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte,
interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado
con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades
tributarias.
Artículo 7º Sabotaje o daño a sistemas. El
que destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el
funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o
cualquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de
cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data
o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de
información o en cualquiera de sus componentes. La pena será de cinco a diez
años de prisión y multa de quinientas a mil unidades tributarias, si los
efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación,
introducción o transmisión, por cualquier medio, de un virus o programa
análogo.
Artículo 11º Espionaje informático. El que
indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en un
sistema que utilice tecnologías de información o en cualquiera de sus
componentes, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de
cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias. La pena se aumentará de un
tercio a la mitad, si el delito previsto en el presente artículo se cometiere
con el fin de obtener algún tipo de beneficio para sí o para otro. El aumento
será de la mitad a dos tercios, si se pusiere en peligro la seguridad del
Estado, la confiabilidad de la operación de las instituciones afectadas o
resultare algún daño para las personas naturales o jurídicas como consecuencia
de la revelación de las informaciones de carácter reservado
Artículo 14º Fraude. El que, a través del uso
indebido de tecnologías de información, valiéndose de cualquier manipulación en
sistemas o cualquiera de sus componentes o en la data o información en ellos contenida,
consiga insertar instrucciones falsas o fraudulentas que produzcan un resultado
que permita obtener un provecho injusto en perjuicio ajeno, será penado con
prisión de tres a siete años y multa de trescientas a setecientas unidades
tributarias.
Haciendo clic en el siguiente enlace podrá abrir la Ley Especial contra Delitos Informáticos completa en digital
Ley Especial contra Delitos Informaticos PDF
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